Continúa en vilo el capítulo judicial que protagoniza el exalcalde de Rancagua, Juan Ramón Godoy, tras conocerse que fueron interpuestos recursos de nulidad a la sentencia, tanto de parte de su defensa como del Servicio de Impuestos Internos, ambas con intenciones y destinos disímiles.
Esto ya que tras la sentencia conocida el pasado 9 de enero contra Juan Ramón Godoy que lo condenó a 16 años de presidio, al ser encontrado culpable de delitos de cohecho continuado, fraude al Fisco y lavado de activos, la defensa ya había anunciado su intención de presentar un recurso de nulidad.
“La defensa de don Juan Ramón Godoy manifiesta su disconformidad con la pena impuesta en la sentencia definitiva, por estimar que resulta desproporcionada respecto de los hechos establecidos y, en consecuencia, manifiestamente injusta”, había declarado de manera anterior a El Tipógrafo, el abogado defensor de Juan Ramón Godoy, Hugo Zamorano.
Además de los 16 años de presidio –condena a la que se le debería descontar el tiempo que lleva en prisión preventiva- el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) determinó una millonaria multa de más de 900 millones de pesos y la inhabilitación perpetua de ejercer cargos públicos.
Tras la sentencia, el sistema legal permite que se presente el recurso de nulidad, que en su definición se señala como un medio de impugnación extraordinario que busca invalidar un juicio oral y su sentencia definitiva, o solo esta última, si se cumple lo establecido en la ley.
De acuerdo a documentos del Poder Judicial, el recurso interpuesto por la defensa fue declarado inadmisible por ‘extemporáreos’ –significa que fue presentado fuera de plazo-. La reposición también fue rechazada lo que dio paso a la presentación de un recurso de queja, el que estaría en tramitación de parte de la Corte de Apelaciones de Rancagua.
En otra arista que se desprendió tras la sentencia es el recurso de nulidad presentado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) a la absolución en la condena de lo relativo a los delitos tributarios que se le imputaban tanto a Godoy como a Javier Cornejo.
Con fecha 31 de enero, esta acción judicial fue declarada admisible, por lo que, parcialmente, la sentencia podría variar, dependiendo del curso legal que prosiga.
El camino judicial de Juan Ramón Godoy, que comenzó con su formalización y decretada su prisión preventiva por allá en abril del 2024 pareciera no tener un punto final aún,






