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Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Quiénes lo reciben y cuál es el monto 2024?

SÁBADO, 31 DE AGOSTO DE 2024
Publicado por

Luis Villanova



El aguinaldo de Fiestas Patrias, en el caso de los pensionados, es una suma de dinero que se recibe solo una vez en el año, junto con la pensión de septiembre, siempre y cuando cumpla los requisitos.

El monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 es de $24.261. Este se incrementará en $12.446 por cada persona que, al 31 de agosto de 2024, tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a $1.228.614.

El dinero del aguinaldo de Fiestas Patrias no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable), ni las cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

Las personas que al 31 de agosto de 2024 tengan alguna de estas calidades reciben Aguinaldo de FiestaS Patrias:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

Aguinaldo en el sector público y privado

El aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para el sector público es un derecho adquirido y tiene estipulados los siguientes montos:

  • $85.093 para trabajadores públicos cuya remuneración líquida de agosto de 2024 sea igual o inferior a $984.282.
  • $59.071 para trabajadores públicos cuya remuneración líquida de agosto de 2024 supere los $984.282.

En el caso del sector privado, no es una obligación legal para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores, salvo en los siguientes casos:

  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado.

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