El Gobierno ingresó a Contraloría el nuevo reglamento de la Ley de Empresas de Aplicación de Transportes, más conocida como Ley Uber, con cambios que apuntan a facilitar su implementación y a ampliar la oferta de vehículos y conductores. Si bien no hay una fecha establecida para la emisión del reglamento, un escenario realista contempla entre varias semanas y un par de meses, dada la complejidad de la toma de razón por parte de Contraloría, la que incluso puede retornarlo al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones por antecedentes faltantes u observaciones.
Entre las principales modificaciones, se permitió inscribir autos con hasta cinco años de antigüedad, y hasta siete en regiones extremas. En tanto, los vehículos que ya están operando podrán seguir funcionando para las aplicaciones hasta cumplir 15 años.
Además, se eliminaron las exigencias técnicas que fijaban un mínimo de 1.4 litros de cilindrada para vehículos convencionales y 70 kW de potencia para eléctricos o híbridos, requisitos cuestionados porque se restringía la entrada de modelos más pequeños (citycar) o eficientes. Por esto, gracias a la eliminación de mínimos de cilindrada y potencia, varios modelos pequeños que antes generaban dudas ahora podrían ser elegibles, siempre que cumplan antigüedad, documentación, seguridad y lo que establezca el texto final del reglamento.
La normativa mantendrá la exigencia de licencia profesional clase A2 para los conductores de plataformas como Uber, DiDi, inDrive o Cabify. Los requisitos para la obtención del documento no han variado, como tener 20 años, acreditar poseer la licencia Clase B por al menos 2 años, y aprobar un curso en una escuela de conductores profesionales reconocida por el Ministerio de Transportes.






