La Corte Suprema emitió un fallo histórico que toca directamente al mercado de eventos masivos y a miles de consumidores de la Región de O’Higgins: Punto Ticket, empresa de venta en línea de entradas para espectáculos en vivo, fue condenada como responsable civil por la suspensión del “Festival Frontera 2016”, obligándola a devolver dinero y compensar daños.
Los hechos se remiten al evento que estaba programado para el 3 de diciembre de 2016, suspendido un día antes de su realización con alrededor de 25 mil entradas vendidas.
La sentencia reconoce que la ticketera celebró contratos con los asistentes, abriendo una nueva directriz nacional en protección al consumidor. De esta manera, se condenó a la empresa al pago de compensaciones por los daños patrimoniales sufridos por las personas, incluidos los costos de transporte.
Para esto, se estableció la clasificación de “Consumidores de regiones distintas a la Región Metropolitana que finalmente no asistieron al festival”, en cuyo caso la compensación es de 2,06 UF (aproximadamente $84.140). Si estas personas reclamaron ante el SERNAC, el monto sube a 2,32 UF, es decir, casi a $94.760.
El segundo grupo es el de “Consumidores de regiones distintas a la Metropolitana que asistieron a la nueva fecha del festival Frontera”, para quienes la compensación establecida por la justicia es de 1,5 UF (casi $61.270), subiendo a 1,77 UF (más de $72.290) en caso que hayan presentado el reclamo ente el Sernac.
El Sernac celebró el fallo, destacando que por primera vez se establece que las ticketeras deben responder cuando un evento no se realiza, marcando un precedente que impactará futuros conciertos, festivales y productoras en todo el país.






